Suspendida la obligación de presentación telemática de los libros contables
El Tribunal Superior de Justicia ha suspendido el 27 de abril mediante auto y como medida cautelar la Instrucción de la DGRN que obligaba a todas las empresas a registrar sus actas.
La asociación sin ánimo de lucro constituida por empresas cotizadas españolas EMISORES ESPAÑOLES interpuso recurso contencioso – administrativo contra la mencionada Instrucción, lo que ha sido acordado como medida cautelar hasta que se dicte Sentencia en base a varios argumentos:
- Por tratarse de una una extralimitación del ámbito de una Instrucción, al tratarse de una disposición de carácter general que afectaría a todas las empresas,
- Por el carácter confidencial y privilegiado de la información que se contienen en los Libros, sin que existan los protocolos adecuados de seguridad para su presentación,
- Y por la confusión y falta de criterios uniformes en su aplicación por parte de los Registros Mercantiles españoles,
El TSJ les da la razón y permite que “se puede mantener el sistema que se venía empleando antes de la aprobación de la Instrucción (….) más allá del 30 de abril y hasta que recaiga la Sentencia que ponga fin al presente recurso.”
En resumen, se mantiene el sistema de Legalización de los Libros en papel, sin perjuicio de que en el Registro Mercantil de Madrid ya se pueden presentar de manera telemática.
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