Aprobadas nuevas reducciones y bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes de contratos de trabajo
26
Mar, 2015
La tarifa plana actual se sustituye por un nuevo incentivo para la creación de empleo estable consistente en la fijación de un mínimo exento en la cotización empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social por la contratación indefinida de trabajadores.
El Real Decreto Ley 1/2015 de 27 de Febrero, ha establecido que la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para la contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades, se determinará de la siguiente forma:
- Contratación indefinida a tiempo completo. Los primeros 500€ de la base de cotización por contingencias comunes de cada mes quedan exentas de cotización. Al resto de la base se le aplicará el tipo de cotización vigente en cada momento.
- Contratación indefinida a tiempo parcial. Si la jornada de trabajo es al menos equivalente al 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo, los 500€ se reducirá proporcionalmente al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato.
- Duración de la reducción. Se aplicará durante 24 meses computados a partir de la fecha de efectos del nuevo contrato, el cual deberá formalizarse por escrito entre el 1 de marzo de 2015 y el 31 de agosto de 2016.
- Las empresas con menos de 10 trabajadores podrán mantener la reducción durante 36 meses, si bien durante los últimos 12 meses la cuantía será de 250€ de la base de cotización o la cuantía proporcionalmente reducida que corresponda en los supuestos de contratación a tiempo parcial.
- Requisitosque deben cumplir las empresas para beneficiarse de la reducción:
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- No haber extinguido contratos de trabajo, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios improcedentes, bien por despidos colectivos declarados no ajustados a Derecho, en los 6 meses anteriores a la celebración de los contratos indefinidos que dan derecho a la reducción en la cotización.
- Formalizar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del empleo total de la empresa, respecto del promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en la empresa en los 30 días anteriores a la celebración del contrato.
- Mantener durante 36 meses, a contar desde la fecha de efectos del contrato indefinido, tanto el nivel de empleo indefinido como el empleo total alcanzado con dicha contratación.
- No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de las infracciones expresamente establecidas.
ibergrup asesores
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