
Tras la incertidumbre generada para los profesionales por la aprobación de la Orden Ministerial de 23 de mayo de 2011, la definitiva aprobación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de la Seguridad Social en su Disposición adicional trigésimo séptima, aclara el incidente provocado por la citada Orden Ministerial.
De tal manera que la Ley citada mantiene el criterio de la compatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación y la continuidad con el trabajo por cuenta propia bajo la protección de una mutualidad de previsión social (mientras no se produzca otra regulación), puesto en duda por la Orden Ministerial de 23 de mayo.
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