
El motivo de este artículo es recordarles que la Agencia Tributaria dejará de enviar por correo sus notificaciones. Lo que hará será ponerlas a disposición del contribuyente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal notificaciones.060.es para que éste acceda por Internet tras la obtención de su correspondiente firma electrónica. Además, enviará un aviso informal al e-mail que el contribuyente desee, comunicándole que tiene una notificación pendiente de leer.
El contribuyente debe acceder a dichas notificaciones. En caso de no hacerlo en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.
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