
Otro año más llega el momento de preparar las Cuentas Anuales y como siempre con alguna novedad. En esta ocasión, la novedad va relacionada con la ampliación de información de la “Memoria”
El pasado 29 de diciembre, se publica la resolución del ICAC, por la cual las sociedades deberán de suministrar información sobre los plazos de pago a sus proveedores, así como el número de días excedidos del plazo legal.
La información a la que nos referimos, distingue entre sociedades que confeccionen modelo Normal o Abreviado, siendo lógicamente más reducida la información para estas últimas.
No obstante, al tratarse del primer ejercicio en el que se aplica esta resolución, las sociedades deberán, solamente, indicar el saldo pendiente de pago de los proveedores que al cierre superen el plazo legal. Además no se aportará información comparativa dado que se tratarán como Cuentas Anuales iniciales.





