
Con fecha 24 de octubre se ha aprobado la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación financiados ya sea por entidades públicas o privadas y que no tengan carácter exclusivamente lectivo sino que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y conlleven una contraprestación económica.
Las entidades deberán solicitar durante este mes de noviembre su inscripción en la Seguridad Social como Empresa y tramitar el alta de los trabajadores. El pago de la cotización correspondiente al mes de noviembre de 2011 podrá ingresarse hasta el 31.01.2012.
¿Qué ocurre con los trabajadores que hubieren participado en programas de formación antes del 01.11.2011?
Podrán solicitar personalmente ante la Tesorería General de la Seguridad Social, la suscripción de un convenio especial, por una única vez, que les posibilite el cómputo de cotización por los periodos de formación realizados, tanto en España como en el extranjero, hasta un máximo de dos años.
El solicitante deberá aportar certificación expedida por el organismo o entidad pública o privada que los financió o por cualquier otro medio de prueba válido en derecho de no ser posible la obtención de dicha certificación antes del 31.12.2012.





