Problemática en la domiciliación de impuestos
La domiciliación de los impuestos a través de su presentación telemática supone una gran comodidad y ahorro de tiempo para el contribuyente, ya que le permite olvidarse de la obligación de presentar físicamente en el banco las liquidaciones de estos.
Sin embargo, los datos del impuesto deben trasmitirse vía telemática a la Agencia Tributaria cinco días antes del vencimiento del pago del mismo para que la domiciliación surta efecto.
Así, la Agencia Tributaria presenta al cobro el último día del plazo voluntario de pago (normalmente el día veinte) el impuesto domiciliado en una cuenta bancaria abierta de la titularidad del contribuyente. Por tanto en esta cuenta, debe de haber saldo suficiente para que se atienda este pago, y dependiendo de la entidad bancaria con la que se trabaje, habrá que tener el saldo consolidado antes de una hora concreta (por ejemplo, las once de la mañana). De no ser así el recargo, en estos casos, por el pago del impuesto fuera de plazo, aunque se haya presentado a tiempo la liquidación, será nada más y nada menos de un 20% sobre el montante del impuesto.
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