CUENTA 141 – Provisiones para impuestos
CUENTA 141 – Provisiones para impuestos
Una provisión es el importe estimado de deudas tributarias cuyo pago está indeterminado en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirá, dependiendo del cumplimiento o no de determinadas condiciones.
Las provisiones se valorarán en la fecha de cierre del ejercicio, por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero la obligación, registrándose los ajustes que surjan por la actualización de la provisión como un gasto financiero según se vayan devengando.
Cuando se trate de provisiones con un vencimiento inferior o igual a un año, y el efecto financiero no sea significativo, no será necesario llevar a cabo ningún tipo de descuento. Todo ello viene desarrollado en la NRV 15.ª del PGC 2007.
La cuenta (141) de provisiones para impuestos, reflejará el importe estimado de deudas tributarias (contabilizando la deuda y la sanción) cuyo pago está indeterminado en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se produzca, dependiendo del cumplimiento o no de determinadas condiciones. Ésta se abonará por la estimación del devengo anual, con cargo a las cuentas de gasto correspondientes a los distintos componentes que las integren y se cargará cuando se aplique la provisión o por el exceso de la misma.
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