La coincidencia del período de vacaciones con situaciones de incapacidad temporal o maternidad plantea la problemática sobre si el trabajador tiene derecho a que se le reconozca un nuevo período de vacaciones a disfrutar en otro momento o, en su caso, reclamar una compensación económica sustitutoria.
Se tiene derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones al año, que podrán fraccionarse en uno o más períodos, si bien al menos uno de ellos deberá ser como mínimo de 15 días consecutivos.