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Nuevas medidas de apoyo a los autónomos en vigor el 12 de octubre de 2015

07
Oct, 2015

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo (BOE del 10 de septiembre). La citada Ley establece medidas interesantes y útiles para los trabajadores autónomos.

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo (BOE del 10 de septiembre). La citada Ley establece medidas interesantes y útiles de las que destacamos las siguientes:

  • Leve bajada de la Tarifa Plana: Les recalcamos que la cuota por contingencias comunes durante los primeros seis meses se reducirá de 55,78 euros a 50 euros exactos cuando el autónomo quiera pagar el mínimo mensual.
  • Los que contraten también optarán a la Tarifa Plana. La nueva ley también contempla la extensión de la tarifa plana anterior a aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten a algún trabajador.
  • Cotización reducida para los autónomos protegidos. Las víctimas del terrorismo o de violencia de género y las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, tengan una cotización reducida durante cinco años.
  • Cobrar el paro mientras está dado de alta. Permite a los trabajadores por cuenta propia cobrar la prestación por desempleo (siempre que les corresponda) mientras está dado de alta en el régimen de autónomos. Esta opción, que hasta ahora solo estaba permitida a los menores de 30 años, estará disponible para cualquiera.
  • El paro, guardado durante 60 meses. Hasta ahora, solo tenía 24 meses de margen.
  • Todos pueden capitalizar el 100% del paro. Pueden hacerlo de tres maneras diferentes: recibir el dinero poco a poco para destinarlo a pagar las cuotas mensuales de la Seguridad Social, capitalizar una parte y usar el resto para desembolsar dichas cuotas o bien, capitalizarlo todo de golpe para crear una sociedad (por ejemplo, para invertir en el proyecto y cubrir los gastos asociados al inicio de su actividad).
  • Los familiares contratados reciben ayudas. Todos ellos tendrán una bonificación durante dos años desde la fecha de alta: en los primeros 18 meses disfrutarán de una bonificación del 50% sobre su cuota y los últimos seis meses, del 25%.
  • Usar el paro para asesorarse o formarse. Se permite destinar parte del paro para aportar capital, para comprar acciones o participaciones de la sociedad o para sufragar gastos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender con un límite del 15%.
  • Ayudas por bajas maternales o lactancias. La ayuda durará mientras coincidan en el tiempo la suspensión de actividad por dichas causas y el contrato de interinidad del sustituto.
  • Bonificaciones a los nuevos socios de la economía social. Pueden optar los nuevos socios de entidades prestadoras de servicios de interés económico, como pueden ser los centros especiales de empleo y las empresas de inserción.
ibergrup asesores

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