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La AEAT sanciona con el 150% a contribuyentes por declarar bienes en el extranjero fuera de plazo

16
Sep, 2015

Hacienda ha impuesto la primera sanción del 150 por ciento sobre la cuota resultante de la liquidación realizada por la Inspección, por un capital situado en el extranjero, declarado por el contribuyente fuera de plazo y no regularizado, al considerar que se trataba de rentas ya prescritas. Los temores de los asesores fiscales se han materializado.

Nuestros temores como asesores fiscales sobre la ejecución de esta medida, complementaria a la última amnistía fiscal, se han materializado. El contribuyente presentó fuera de plazo el Modelo 720, correspondiente a la declaración informativa de bienes en el extranjero, del periodo 2012. La presentación se realizó en julio de 2014, mientras que debería haberse realizado en febrero de 2013.

Es la primera sanción sobre los contribuyentes que actualmente investiga el Ministerio de Hacienda con bienes en el exterior que no presentaron el modelo 720, lo hicieron de forma incompleta o declararon solo en el año 2014 cuando también debían haberlo hecho en 2013.

Las medidas cautelares adoptadas por Hacienda frente al contribuyente pasan por el embargo preventivo de las cuentas bancarias a su nombre y de la octava parte, de su titularidad, de un edificio producto de una herencia.

En éste sentido, los diversos colectivos se están movilizando a nivel europeo, debido a la imprescriptibilidad establecida de esos bienes y al régimen sancionador regulado con especial dureza. Por ello La Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea, en respuesta a las denuncias presentadas por un grupo de funcionarios comunitarios, varias asociaciones de asesores fiscales -incluida la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf)- y, al menos, a un bufete de abogados, ha anunciado la apertura de un procedimiento de infracción contra España, al tiempo que aduce que, al impedirse la prescripción respecto de esos bienes, se infringe la jurisprudencia de la Unión Europea.

"Existe una notable diferencia entre el importe de las multas impuestas por el incumplimiento de la obligación de declarar los bienes que el contribuyente posee en el extranjero (modelo 720) y el de las multas por incumplimiento de otras obligaciones fiscales de ámbito nacional", afirma este organismo en sus respuestas a las denuncias planteadas.

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