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Medidas en el ámbito del sistema especial para empleados de hogar

Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. No obstante, estos últimos también podrán presentar la solicitud de baja en caso de extinción de la relación laboral.

Las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos presentadas por los empleados de hogar que hayan asumido la obligación de formular esos actos de encuadramiento también deberán ir firmadas, en todo caso, por sus empleadores.

Fijación del periodo vacacional para emplead@s de hogar

Se tiene derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones al año, que podrán fraccionarse en uno o más períodos, si bien al menos uno de ellos deberá ser como mínimo de 15 días consecutivos.

Cotización en el sistema especial de empleados de hogar a partir del 1 de Enero de 2015

Las bases de cotización para contingencias comunes y profesionales para el año 2015 se determinarán actualizando las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala vigente en el 2014 en idéntica proporción al incremento que ha experimentado el salario mínimo interprofesional, que ha sido del 0,5%.

Régimen General de la Seguridad Social: Bases y Tipos de Cotización para el 2017

La Orden de cotización para el 2017 (ESS/106/2017 de 9 de febrero), mantiene básicamente la estructura de años anteriores, si bien recoge los incrementos excepcionales en las cuantías del Real Decreto-ley 3/2016, que previó una subida del 3% en las bases de cotización máxima, y del Real Decreto 742/2016, que incrementó el SMI en un 8%, para el presente ejercicio. Así quedan, por tanto, en el Régimen General de la Seguridad Social las nuevas bases y tipos de cotización para 2017 (artículo 3):

Trabajadores Autónomos. Bases y Tipos de Cotización para el 2017

El 2017 se caracteriza por la ausencia de Ley de Presupuestos del ejercicio, la prórroga, por tanto, de los anteriores, y la decisión del Gobierno de "congelar" la base de cotización mínima del Régimen de Autónomos hasta que aquella se apruebe. Cuantías que se han establecido en la Orden ESS/106/2017 de 9 de febrero de cotización para 2017 son las siguientes: