El salario mínimo para las actividades de la agricultura, industria y servicios, queda fijado para el 2015, en 21,62 euros/ día o 648,60 euros/ mes, según que el salario este fijado por días o por meses. En ningún caso su cuantía anual será inferior a 9.080,40 euros.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución dineraria, sin que la retribución en especie pueda minorar esta cuantía.
¿Cuál es la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional y del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples establecidos por el Gobierno para el 2018 y el incremento fijado para las pensiones públicas?
Las nuevas cuantías del salario mínimo que deberán regir para el año 2020 serán de 31,66 euros al día o 950 euros al mes, según el salario este fijado por días o por meses. Esto quiere decir que el cómputo anual del SMI no podrá ser inferior a 13.300 euros anuales.